No existe una normativa especial que prevea un régimen específico de estas figuras (inhabilidades, incompatibilidades e impedimentos) para los miembros de los consejos de las IES, indicó el Consejo de Estado.
En el caso concreto, la multa impuesta resultó carente de motivación y razonabilidad con los hechos de los que se derivó el incumplimiento del régimen de protección al consumidor, por cuanto la entidad no sustentó las razones para imponerla.
La Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado realizó importantes precisiones sobre la vigencia y efectos del artículo 254 superior y la aplicación analógica de la Ley 1904 del 2018.
El legislador tiene competencia para regular el ejercicio de la libertad de información, siempre dentro del marco de los derechos fundamentales y demás principios de la Constitución, dice un reciente fallo de la Corte Constitucional.
El artículo 25 del Estatuto de Oposición estableció que los candidatos que sigan en votos a quienes resulten elegidos en los cargos de gobernador y alcalde tendrán derecho a ocupar una curul en las asambleas departamentales, concejos distritales y/o concejos municipales respectivos.
La Sección Segunda del Consejo de Estado reconoció a la cónyuge supérstite la indemnización sustitutiva de la pensión de vejez con aportes anteriores a la vigencia del Sistema Integral de Seguridad Social, pese a que en vida se le negó al servidor.
Cuando se instaura una acción de tutela para reclamar la protección de derechos colectivos conexos con un derecho fundamental se debe demostrar que la acción popular no es idónea para ampararlos.
La Procuraduría General de la Nación se mantiene en su postura sobre la inconstitucionalidad del parágrafo 1º del artículo 8° de la Ley 1843 del 2017, por violación al debido proceso.
En el caso concreto, un juez laboral no valoró detenidamente la patología de una litigante, que había sido incapacitada por 15 días, con el objetivo de aplazar una diligencia.
La Corte Constitucional estudió una norma del Código Disciplinario Único y realizó integración normativa con su equivalente en el nuevo Código General Disciplinario, para emitir un pronunciamiento de fondo.
Al resolver una demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 86 del Código Nacional de Policía y Convivencia (Ley 1801 del 2016), la Corte Constitucional profirió tres determinaciones.
La Corte Constitucional consideró que la indeterminación del plazo razonable vulneró la garantía constitucional del artículo 28 superior, sobre el término para legalizar captura.
El legislador, a través del artículo 121 Código General del Proceso, impuso al operador judicial un término (de un año) perentorio para la resolución de los casos puestos a su consideración, so pena de la pérdida de la competencia.
Un estudiante de ingeniería civil de la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia interpuso esta acción, debido a que la institución liquidó su matrícula sin considerar su situación socioeconómica, como disponía el reglamento de la universidad.
La distinción de hermanos legítimos en relación con la titularidad del derecho de alimentos no es necesaria, más cuando la discriminación fundada en el origen de la filiación fue excluida del ordenamiento desde la Constitución del 1991.
Para la Corte Constitucional, la norma acusada no logró superar el test estricto de igualdad que se impone con ocasión de la especial condición de protección constitucional de que gozan quienes padecen de estas graves enfermedades.
Hay que aclarar que esta acción no procede como mecanismo principal para la protección de derechos fundamentales que resulten amenazados o vulnerados con ocasión de la expedición de actos.
Pese a que se condicionaron algunas normas, principalmente del Estatuto Consumidor, la Corte Constitucional aclaró que este tipo de actuaciones, como se vienen adelantando, son ajustadas a Derecho.
La Corte Constitucional profirió dos importantes providencias de unificación. Una relacionada con los incrementos previstos en el Decreto 758 de 1990 y otra que explica que el incumplimiento de obligaciones del empleador no es imputable al trabajador.
La iniciativa deroga 6.809 leyes y 3.858 decretos con fuerza de ley. De estas disposiciones, el 42 % corresponde al sector Hacienda y Crédito Público; el 11 % pertenece al sector Interior; el 8 %, a Transporte; el 7,9 %, a Justicia.
La Sección Quinta de la alta corporación explicó, además, cuáles inhabilidades se encuentran excluidas para los funcionarios designados en encargo, para suplir las faltas de alcalde o gobernador.
La Corte Constitucional desarrolló un poco más las razones que la llevaron a retirar del Código de Policía expresiones relacionadas con el consumo de bebidas alcohólicas y sustancias sicoactivas en el espacio público.
Un procedimiento abreviado que suprime la audiencia de formulación de imputación y acumula las de formulación de acusación y preparatoria sería contrario al principio de favorabilidad si no se pueden aplicar normas sustanciales y procesales con efectos sustantivos.
Esta iniciativa modificaría parcialmente la Ley 1176, en lo referente al sistema general de participaciones para el sector agua potable y saneamiento básico.
El director del establecimiento penitenciario y carcelario procurará siempre el bienestar del interno, lo que implica que pueda gozar de la visita familiar.
Son varias sentencias de tutela sobre el derecho a la educación de los niños, incluyendo a quienes tienen necesidades especiales de aprendizaje. Otros fallos analizan el acceso a la educación superior y los deberes de las universidades frente a la situación socioeconómica de los estudiantes.
La Corte Suprema estudió una decisión de instancia en la que se sostenía que un abogado procesado por los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales tenía que estar acompañado, obligatoriamente, de un profesional del Derecho.
La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema dispuso no acceder a la apertura del incidente de reparación integral propuesto por la Contraloría General de la República, en condición de víctima.
Se otorgó pensión de sobrevivientes en favor de dos hombres que sostenían una relación poliamorosa con el causante y se le negó a la progenitora del cotizante fallecido.
Dentro de los cambios propuestos en la ponencia está retirar las facultades jurisdiccionales a la Contraloría General de la República, a las contralorías territoriales y a la Auditoría General.
Una sentencia de tutela de la Corte Constitucional explicó que el juez de conocimiento tiene amplia potestad interpretativa sobre lo que constituye fuerza mayor o caso fortuito cuando los abogados presentan excusa para inasistir a esta audiencia.