Condicionan normas de acuerdo suscrito entre Colombia y Francia sobre fomento y protección de inversiones (11:22 a.m.)
18 de Junio de 2019
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Nota:
111303
La Corte Constitucional, por medio de un comunicado de prensa, informó la exequibilidad del Acuerdo entre el Gobierno de Colombia y el de Francia sobre el fomento y protección recíproca de inversiones, y condicionó la Ley 1840 del 2017, que aprobó dicho tratado, bajo el entendido de que ninguna de las disposiciones que se refieran a derechos sustantivos dará lugar a tratos más favorables injustificados hacia los inversionistas extranjeros con respecto a los nacionales. Sumado a ello, declaró exequible la expresión “inter alia”, del primer inciso del artículo 4º, indicando que esta deberá interpretarse de manera restrictiva en un sentido analógico y no aditivo. Igualmente, la expresión “de conformidad con el derecho internacional aplicable a los inversionistas de la otra parte contratante y a sus inversiones, en su territorio”, prevista en el artículo 4º, a condición de que las partes contratantes definan su contenido de forma que resulte compatible con el principio de seguridad jurídica. Conozca estos y otros condicionamientos en el comunicado anexo a esta nota (M. P. Carlos Bernal Pulido).
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