Demandan normas de Ley de Financiamiento sobre titularidad de la Dian en la acción penal contra la evasión tributaria (11:16 a.m.)
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06 de Junio de 2019
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La Corte Constitucional admitió la demanda presentada contra el artículo 63 de la Ley 1943 del 2018 (Ley de Financiamiento), relacionado con la omisión de activos, defraudación y promoción de estructuras de evasión tributaria. La norma establece que la acción penal solo podrá iniciarse previa solicitud del Director General de la Dian o la autoridad competente, o su delegado o delegados especiales, siguiendo criterios de razonabilidad y proporcionalidad. Para los accionantes, se encontraron vicios de procedimiento legislativo por la ausencia de concepto técnico del Consejo Superior de Política Criminal, así como la falta de consulta previa y del análisis de impacto fiscal del Ministerio de Hacienda. Además, concluyen, hubo un desplazamiento inconstitucional de la facultad de selección de la acción penal a la Dian, pues el titular de aquella es la Fiscalía General de la Nación. Así las cosas, solicitan la declaratoria de inexequibilidad (demandantes: Mauricio Pava y Guillermo Otálora).
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