Piden incluir a los hermanos no inválidos menores de 18 años como beneficiarios de la pensión de sobrevivientes (12:50 p.m.)
25 de Junio de 2019
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Nota:
121873
La Corte Constitucional admitió, después de ser subsanada, una demanda que ataca parciamente el artículo 13 de la Ley 797 del 2003, el cual define los beneficiarios de la pensión de sobrevivientes, por vulnerar, supuestamente, los derechos fundamentales de los niños. Según el concepto del demandante, el Congreso de la República omitió incluir como beneficiarios de esta prestación, sin razón suficiente y generando una desigualdad negativa, a los hermanos no inválidos menores de 18 años que dependían económicamente del afiliado y/o pensionado al momento de su muerte. Detalle esta demanda en el documento adjunto a esta nota.
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