La conmutación pensional implica una subrogación de las obligaciones pensionales con el ISS (10:12 a.m.)
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18 de Junio de 2019
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La Corte Constitucional concluyó que la conmutación pensional, en tanto constituye un mecanismo para garantizar el pago de la obligación pensional a cargo del empleador, implica una subrogación de las obligaciones pensionales con el Instituto de Seguros Sociales (hoy Colpensiones). Lo anterior, dice el fallo, entendiendo que el objetivo del sistema de pensiones es “garantizar a la población el amparo contra las contingencias derivadas de la vejez, la invalidez y la muerte, mediante el reconocimiento de las pensiones y prestaciones”, de acuerdo con el artículo 10 de la Ley 100 de 1993. Esta tesis jurisprudencial se puede comprender mejor con la resolución del caso objeto de estudio (M. P. Antonio José Lizarazo).
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