Se puede inaplicar requisito de cuantía en unificación de jurisprudencia cuando se vulnere tutela judicial efectiva (4:12 p.m.)
26 de Junio de 2019
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Nota:
121840
El requisito legal que condiciona a una determinada cuantía el derecho que tienen las personas de acudir a la jurisdicción para que, a través del recurso extraordinario de unificación de jurisprudencia, se les aplique el precedente judicial y sus casos sean fallados atendiendo a criterios uniformes socava el derecho constitucional y fundamental de acceso a la administración de justicia o tutela judicial efectiva, explicó en reciente decisión la Sección Segunda del Consejo de Estado. Por esta razón, se puede inaplicar el requisito de cuantía consagrado en el numeral 1° del artículo 257 del CPACA (Ley 1437 del 2011) respecto del recurso referido en materia laboral cuando su exigencia, en el caso concreto, se traduzca en el desconocimiento de dichos derechos. Por último, en procesos de nulidad y restablecimiento del derecho de carácter laboral, que no provengan de un contrato de trabajo, son requisitos para la concesión del recurso: (i) que la decisión impugnada haya sido proferida en única o segunda instancia por un Tribunal Administrativo; (ii) que el recurrente goce de legitimación en la causa y (iii) que se interponga oportunamente y por escrito. Consulte las demás reglas en el documento adjunto (C. P. William Hernández Gómez).
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