Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


¿Cómo se debe notificar un acto administrativo que ordena la demolición de un inmueble? (2:30 p.m.)

111265

19 de Junio de 2019

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

La Sala Quinta de Revisión de la Corte Constitucional precisó que una decisión administrativa que ordene la demolición de un inmueble de naturaleza privada por amenaza de ruina y riesgo para sus propios ocupantes y la comunidad debe ser notificada personalmente a sus propietarios y habitantes. De igual forma explicó que en el evento en que no sea posible realizar la notificación personal el acto administrativo se debe notificar por aviso asegurando que la decisión sea conocida por los interesados, para salvaguardar su derecho al debido proceso. Sumado a ello, la providencia recordó que las decisiones administrativas no producen efecto legal alguno, es decir, carecen de fuerza vinculante hasta tanto se encuentren debidamente notificadas. Conozca el caso concreto y otras precisiones en el documento adjunto (M. P. Antonio José Lizarazo Ocampo).

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)