Condicionan expresión de Ley 617 del 2000, sobre valor máximo de gastos de personerías y contralorías (4:05 p.m.)
20 de Junio de 2019
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Nota:
111243
La Sala Plena de la Corte Constitucional declaró la exequibilidad condicionada de la expresión “mil millones de pesos ($ 1.000.000.000)”, contenida en el parágrafo del artículo 10 de la Ley 617 del 2000, bajo el entendido de que dicha cifra corresponde al año 2000 y, por lo tanto, se actualiza anualmente acorde con el índice de precios al consumidor (IPC) certificado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane) o la entidad correspondiente. De igual forma advirtió que el IPC respecto del cual debe actualizarse corresponde al año inmediatamente anterior a aquel en el que se elabora el presupuesto. Además, precisó que este condicionamiento tendrá efectos hacia el futuro, esto es, para la elaboración de los presupuestos municipales del año 2020 y siguientes. Cabe precisar que la Ley 617 reforma parcialmente la Ley 136 de 1994 y el Decreto 1222 de 1986, adiciona la Ley Orgánica de Presupuesto y el Decreto 1421 de 1993, y dicta otras normas para fortalecer la descentralización y la racionalización del gasto público nacional, y específicamente el artículo 10 establece el valor máximo de los gastos de los concejos, personerías y contralorías distritales y municipales. Conozca los argumentos de la corporación en el documento adjunto (M. P. Alejandro Linares Cantillo).
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