Precisión para jueces sobre efectos de un pacto compromisorio en contratación estatal (4:19 p.m.)
Openx [71](300x120)
121903
20 de Junio de 2019
Escucha esta noticia audio generado con IA
Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
El Consejo de Estado concluyó recientemente que si las partes de un contrato estatal celebran un pacto compromisorio (cláusula compromisoria o compromiso) con el cual deciden, de manera consciente y voluntaria, habilitar la competencia de los árbitros para conocer de los litigios que surjan entre ellas y que se encuentren comprendidos dentro del correspondiente pacto arbitral, a la vez que derogar la jurisdicción y la competencia de los jueces institucionales o permanentes, resulta evidente que si estos últimos advierten la existencia de ese pacto bien pueden rechazar la demanda, sin tener que esperar a que el extremo pasivo de la misma proponga la respectiva excepción. Ello en tanto, en esas condiciones, carecen de jurisdicción y de competencia; de lo contrario, sus actuaciones resultarían afectadas de nulidad, conforme a lo dispuesto en los numerales 1° y 2° del artículo 140 del Constitución Política (C. P. Jaime Enrique Rodríguez).
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!