Régimen de insolvencia empresarial no es aplicable a fondos de capital privado (11:44 a.m.)
12 de Junio de 2019
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Nota:
111398
El régimen de insolvencia empresarial previsto en la Ley 1116 del 2006 no resulta aplicable a los fondos de capital privado, teniendo en cuenta que los mismos tienen su propio régimen de constitución y liquidación. En reciente concepto, la Superintendencia de Sociedades recordó que esta ley adopta un criterio residual, en el sentido que solo las personas jurídicas que no tengan previsto un régimen especial de liquidación puedan acceder a los mecanismos que establece. El desarrollo legal de los fondos de capital privado está estructurado conforme lo dispuesto en el Decreto 1984 del 2018, mediante el cual se sustituye el Libro 3 de la Parte 3 del Decreto 2555 del 2010, en lo relacionado con su gestión y administración.
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