Legislador es competente para establecer régimen de entidades descentralizadas nacionales y territoriales (4:12 p.m.)
25 de Junio de 2019
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Nota:
121866
La Corte Constitucional se pronunció sobre algunas normas de la Ley 768 del 2002, por medio de la cual se adopta el régimen político, administrativo y fiscal de los Distritos Portuario e Industrial de Barranquilla, Turístico y Cultural de Cartagena y Turístico, Cultural e Histórico de Santa Marta. En efecto, las disposiciones indican que los concejos distritales, a iniciativa del respectivo alcalde, crearán un establecimiento público que desempeñará las funciones de autoridad ambiental en el área de su jurisdicción. Para la Corte, estas normas son exequibles, por lo que se estuvo a lo resuelto en la Sentencia C-063 del 2002 y se declaró inhibida en relación con el cargo sobre el parágrafo del artículo 7° de la Ley 1625 del 2013. Lo anterior, ya que el demandante no cumplió con la carga mínima de argumentación que exige la acción pública de inconstitucionalidad (M. P. Alejandro Linares Cantillo).
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