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Conceptúan cómo debe operar prohibición de ‘yo te elijo, tú me eliges’ frente a elección del Contralor General (9:15 a.m.)

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26 de Junio de 2019

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En un concepto dado a conocer recientemente, la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado explicó por qué la prohibición de “yo te elijo, tú me eliges” debe operar para todos los congresistas, en todas la etapas de elección del Contralor General de la República. El pronunciamiento señala que la convocatoria pública para la elección de este importante cargo no es un proceso de selección por mérito (es decir, aquellos propios del sistema de carrera administrativa), que lo eximiría, en principio, de la prohibición constitucional para postular, nombrar o contratar con quienes hubieren intervenido en su designación o postulación o con quienes guarde ciertos vínculos civiles, parentesco o afinidad (según lo previsto en el artículo 126 de la Constitución). Por esta razón, se solicitó precisar si la prohibición cobijaba a todos los integrantes del Congreso, independientemente de la etapa del proceso en la que participaron para elegir al Contralor. La Sala respondió que la limitación está prevista para los congresistas que eligieron a los miembros de la comisión accidental encargada de adelantar las audiencias públicas y elaborar listas de elegibles para la elección de este alto funcionario. Encuentre las demás aclaraciones sobre este asunto en el documento adjunto a esta nota (C. P. Édgar González López).

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