Requisito de unidad de materia no se predica de un acto legislativo: Corte Constitucional (11:32 a.m.)
26 de Junio de 2019
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Nota:
121853
La Corte Constitucional reiteró recientemente que el requisito de unidad de materia no se predica de un acto legislativo, toda vez que se trata de un requisito no exigible de los actos de reforma de la Constitución, que pueden referirse a diversas cuestiones, en virtud de la unidad constitucional. En el caso concreto, la ineptitud de los cargos por violación del principio de consecutividad y sustitución de la Constitución no permitió al alto tribunal emitir un fallo de fondo respecto a una acción que buscaba la inexequibilidad del artículo 5° del Acto Legislativo 01 del 2016, sobre vigencia, en el que se establecen una serie de instrumentos jurídicos para facilitar y asegurar la implementación y el desarrollo normativo del Acuerdo Final de Paz “para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera” (M. P. Alejandro Linares Cantillo).
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