Incrementos pensionales previstos en el Decreto 758 de 1990 fueron derogados por la Ley 100 (9:20 a.m.)
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14 de Junio de 2019
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La Corte Constitucional profirió una sentencia de unificación en materia laboral en la cual determinó que los incrementos previstos en el artículo 21 del Decreto 758 de 1990 fueron derogados por la Ley 100 de 1993. Cabe precisar que estos incrementos son a las pensiones de invalidez y vejez por cónyuge, compañero (a) o hijos menores o inválidos a cargo del beneficiario. Lo anterior sin perjuicio de que, de todos modos, esos incrementos resultaran incompatibles con el artículo 48 de la Carta Política luego de que fuera reformado por el Acto legislativo 01 del 2015, asegura la providencia. Con todo, la discusión relativa a la prescriptibilidad de la acción tendiente a la obtención de dichos incrementos resulta insignificante, pues la prescripción extintiva solo puede operar cuando existe un derecho susceptible de prescribir (M. P. Cristina Pardo Schlesinger).
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