Dolo del suscriptor permite recuperar consumos de servicios públicos sin limitaciones temporales (4:13 p.m.)
07 de Junio de 2019
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Nota:
111458
Si una vez facturado el consumo el prestador determina que por error, omisión o investigación de desviaciones significativas no cobró bienes y/o servicios a los cuales considera que tiene derecho, cuenta con la facultad de proceder al cobro dentro de los cinco meses siguientes a haber entregado las facturas, salvo que se compruebe dolo del suscriptor o usuario, evento en cual dispondrá de su derecho sin limitación temporal, precisó la Superintendencia de Servicios Públicos. Este procedimiento de recuperación de consumos, si bien no está previsto en el régimen de servicios públicos domiciliarios, debe preverse en el contrato de servicios públicos y atender las garantías al debido proceso y demás que le asisten el usuario y/o suscriptor.
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