Corte recuerda los requisitos mínimos para que una tutela proceda (4:28 p.m.)
21 de Junio de 2019
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Nota:
121885
La Corte Constitucional llamó la atención respecto al cumplimiento de los requisitos de procedencia de la tutela. Vale recordar que esta acción es un mecanismo procesal preferente, informal, sumario y expedito que persigue el amparo y cuidado de las garantías fundamentales de una persona, cuando estas se encuentran vulneradas o amenazadas por la acción u omisión de una autoridad pública o de un particular. Sin embargo, las anteriores características, advierte la Corte, no relevan al ciudadano del cumplimiento de unos requisitos mínimos para que la acción de tutela sea procedente: (i) legitimación en la causa por activa; (ii) legitimación en la causa por pasiva; (iii) trascendencia iusfundamental del asunto; (iv) inmediatez y (v) subsidiariedad.
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