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Requisitos para acceder a indemnización por incapacidad permanente derivada de accidente de tránsito (12:14 p.m.)

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18 de Junio de 2019

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La Sala Quinta de Revisión de la Corte Constitucional precisó que para poder ser beneficiario de la indemnización por incapacidad permanente que cubre el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT), es decir, derivada de accidentes de tránsito, la víctima debe allegar el certificado médico proferido por la autoridad competente, en caso que no esté de acuerdo con el dictamen que le brinda la aseguradora.  Igualmente, el fallo explicó que esta decisión podrá ser impugnada ante las juntas regionales de calificación de invalidez, de conformidad con el artículo 41 de la Ley 100 de 1993. Es importante resaltar que el Decreto 56 del 2014 establece las reglas para el funcionamiento de la Subcuenta de Riesgos Catastróficos y Accidentes de Tránsito en los eventos en donde no existe cobertura por parte del SOAT (M. P. Antonio José Lizarazo Ocampo).

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