Y a la vida por fin daremos todo relata el origen del cultivo de palma africana y el impacto que tuvo en la vida de hombres y mujeres que pasaron de ser campesinos a obreros de la agroindustria aceitera.
Esta semana, la Jurisdicción Especial para la Paz cumple un año de funcionamiento, estos son los casos que ha asumido y algunas cifras sobre número de sometimientos.
La Sección Tercera del Consejo de Estado señaló la importancia de efectuar un análisis de las obligaciones que la normativa impone a las autoridades para la época de los hechos.
La entrada en funcionamiento de la Jurisdicción Especial para la Paz, los fallos sobre las consultas populares en materia minera y los nuevos requisitos para ejercer el Derecho fueron noticia el año pasado.
La Corte Constitucional recordó estos elementos en el fallo que negó el amparo solicitado por la ANT en contra de una decisión originada en un proceso reivindicatorio.
El 19 de noviembre, la Asamblea General de Naciones Unidas aprobó el documento que recoge la Declaración de los derechos de las campesinas y campesinos, resultado de un proceso de cerca de 17 años de documentación e incidencia ante el sistema de Naciones Unidas.
Sería más conveniente que el Gobierno buscara nuevas fuentes de financiamiento en los ingresos de las personas naturales, más precisamente de los dueños de las empresas.
La Corte Constitucional resolvió una tutela de la comunidad indígena Awá, por los daños ambientales ocasionados con las actividades de exploración y explotación de hidrocarburos en la vereda La Cabaña, del municipio de Puerto Asís (Putumayo).
Los jueces de circuito especializados conocen y deciden en única instancia los procesos de restitución y los de formalización de títulos de despojados.
La Sala Civil realizó una importante diferenciación sobre los derechos hereditarios y su venta, cuando ellos sirven como fundamento de un proceso de pertenencia sobre una propiedad ancestral.
El debate sobre afectación directa y derecho a la consulta previa continuará, especialmente a partir del proyecto de ley anunciado por Cambio Radical, y tendrá como principal escenario el que ha tenido hasta ahora: la Corte Constitucional.
En cuanto al IVA, Carrasquilla insiste en la propuesta que le costó el puesto en el 2007, que es de generalizarlo a toda la canasta y después devolverlo a las familias más pobres.
La Corte Constitucional ordenó al alcalde de un municipio presentar un proyecto de acuerdo para hacer la realidad las medidas de alivio y exoneración contempladas en la Ley 1148 del 2011.
El presidente Santos sancionó la ley que amplía la libertad de testar mediante la reducción de las legítimas a una cuarta parte de la masa sucesoral y la eliminación de la cuarta de mejoras.
La Corte Constitucional precisó los eventos en que se puede aducir el defecto sustantivo, y de qué manera se hace procedente la acción de tutela. Así mismo, indicó los derechos de los segundos ocupantes en los procesos de restitución de tierras.
Solo fue retirado del ordenamiento jurídico el artículo 78 del Decreto Ley 902 del 2017. Los condicionamientos precisan algunos puntos para garantizar a las comunidades étnicas su participación en los procesos de formalización.
El Gobierno le viene apostando a la solución de conflictos a través de mecanismos alternativos, entre ellos está la conciliación. Es por ellos que Ámbito Jurídico señala las generalidades de esta figura.
Solo resta la sanción presidencial para que esta iniciativa sea ley de la República. Conozca las principales modificaciones a las sucesiones testadas en lo relacionado con las legítimas rigurosas y la eliminación de la cuarta de mejoras.
Las mujeres rurales mayores de 16 años que no sean propietarias de tierras, que tengan tradición en labores rurales y se hallen en condiciones de pobreza podrán beneficiarse.
Jurídicamente hemos avanzado en este desafío titánico que emplea la igualdad, el rol de la mujer y la búsqueda del desarrollo como palabras claves y colores primarios para pintar una Colombia diferente.
De acuerdo con información de la Registraduría, Iván Duque, con 7.569.693 votos, y Gustavo Petro, 4.851.254 votos, van a la segunda vuelta presidencial, que se realizará el próximo 17 de junio. El candidato con la segunda mayor votación tendrá una curul en el Senado y su fórmula vicepresidencial, en...
ÁMBITO JURÍDICO entrevistó a los aspirantes a la Presidencia de la República para el periodo 2018 – 2022. Para que decida informado conozca sus posiciones en materia de tutela, JEP, presupuesto para la Rama Judicial, disciplina de los abogados y corrupción, entre otros asuntos.
Presentamos los datos más relevantes de este importante informe de gestión 2017 del Consejo Superior de la Judicatura para la administración de justicia colombiana.
Del análisis de las propuestas para el ajuste del sistema tributario por parte de los aspirantes a la Presidencia de la República, se observa que será más de lo mismo, iniciativas difusas e ilusorias.
La falsa tradición no significa que el documento sea falso, como muchos campesinos creen, sino un término jurídico que significa que no se tiene el pleno dominio o la propiedad.
ÁMBITO JURÍDICO expone las razones de la ponencia que propone la inexequibilidad y las contrasta con la opinión de expertos y la Agencia Nacional de Tierras.
Con la expedición del Decreto 0578, quedan claras cuáles son las nuevas funciones de la Superintendencia Delegada para la Protección Restitución y Formalización de Tierras.
El sistema catastral actual ha construido una experiencia y una formación técnica importante, pero es evidente que no es suficiente para el país y sus territorios.
Parte de la diferencia entre una banda de ladrones y los integrantes del Estado radica normativamente en la legitimidad que le da el derecho a este de mandar y a los primeros el deber de obedecer.
La Corte Constitucional resolvió una serie de expedientes de tutela acumulados contra la Agencia Nacional de Tierras (ANT) donde se discutía la adjudicación de unos bienes con dichas características.
La investigación hace una lectura de la incidencia que el conflicto armado ha tenido en los procesos de despojo y abandono de tierras y en la concentración de la propiedad en Caquetá.
Un reciente fallo de la Corte Constitucional hace importantes precisiones sobre la prescripción adquisitiva en el procedimiento civil y en la vía administrativa.
Este llamado lo realizó en consideración a la omisión legislativa relativa que está afectando derechos de segundos ocupantes que no tuvieron relación directa ni indirecta con el despojo.
De acuerdo con el abogado Camilo Daniel Arango Castro, la gestión inmobiliaria es uno de los aspectos más importantes para que jurídicamente sea posible disponer de las áreas o predios requeridos para la iniciación de proyectos de infraestructura
Bolívar, en Pativilca, antes de las victorias del Sur, cayó gravemente enfermo, con enemigos al frente, como Laserna, Canterac y otros valientes generales españoles, bien armados, atrevidos y con mil triunfos recientes frente a Napoleón.
La Agencia Nacional de Tierras determinó las condiciones de explotación económica de dichos terrenos que harán procedente su adjudicación, a través de esquemas o contratos de explotación.
El Comité de Escogencia publicó la lista con los aspirantes a integrar la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición, se encuentran inscritas 199 personas.
La Sala Octava de Revisión de la Corte Constitucional encontró que en los despachos judiciales existe una dualidad de posturas que hacen imposible determinar un precedente horizontal.
La imposición de obligaciones a esta población, cuando están dirigidas al cumplimiento de requisitos especiales que no atienden su contexto, transgrede derechos fundamentales.
Según el fallo, el argumento de estar en presencia de bienes “presuntamente baldíos” está difiriendo indefinidamente el derecho de la población campesina a acceder al territorio.
El Gobierno expidió el decreto que, entre otros puntos, crea una comisión transitoria de verificación de los bienes entregados por el grupo y de apoyo al administrador del patrimonio autónomo.
La Corte Constitucional hace un llamado para que los jueces no confundan los requisitos propios de la etapa administrativa, los cuales difieren de los necesarios para acceder a la etapa judicial.
El Departamento Administrativo de la Función Pública recordó que la Ley 1801 del 2016, en el artículo 206, hace referencia puntual a las atribuciones de los inspectores de policía rurales, urbanos y corregidores.
Debido a las diversas opiniones que ha generado el Decreto-Ley 902 del 2017, ÁMBITO JURÍDICO consultó a expertos en el tema para conocer su posición sobre la Reforma Rural Integral.
En entrevista con ÁMBITO JURÍDICO, Miguel Samper Strouss, director de la Agencia Nacional de Tierras, habló sobre la seguridad jurídica que brinda el Decreto-Ley 902 del 2017 y la Reforma Rural Integral, entre otros temas.
Cualquier filólogo escribe hoy una gramática del idioma español, con solo consultar páginas de Google, pero lo que hizo Nebrija fue escribir la primera, y sin Google.
La insuficiencia y la burocracia incompetente del Estado explican por qué es tan incapaz a la hora de ejecutar políticas, garantizar seguridad o impartir justicia.
Sin perjuicio de las normas que se han expedido, aún no se regula esta materia a través de una ley estatutaria, como lo ordena la Constitución Política.
A pesar de las recientes disposiciones que buscan desarrollar la reforma rural integral, la abogada Diana María Ocampo señala que aún falta avanzar en temas como la jurisdicción agraria y unificar normas de varios regímenes agrarios.
Cuatro ejes temáticos integran este libro sobre Derecho de Tierras: derecho de propiedad, productividad y sostenibilidad ambiental, justicia transicional y la institucionalidad en materia de tierra en el país.
Con la presencia del exministro de Agricultura Rubén Darío Lizarralde, la Corporación Pensamiento Siglo XXI realizó, el pasado 25 de mayo, el conversatorio La Ley de Tierras y sus futuras implicaciones.
Para responder a este interrogante, el Ministerio de Hacienda analizó el Decreto 1071 del 2015 y la jurisprudencia de la Corte Constitucional y del Consejo de Estado.
El decreto ley tiene 82 artículos y determina quiénes serán sujetos de acceso a la tierra y su formalización, también se establece un procedimiento único para acceder a ella y crea un registro para priorizar a los beneficiarios de la reforma.
Al amparo de las facultades extraordinarias, que estuvieron vigentes por 180 días, el presidente Santos expidió más de 30 decretos con fuerza de ley, para asegurar la implementación del acuerdo final.
Esta norma crearía el Fondo de Tierras, pero también trataría asuntos como la adjudicación de baldíos, la posibilidad de titular predios en zonas de reserva forestal y la simplificación de trámites.
El alto tribunal declaró inexequibles algunos literales del artículo 1° del Acto Legislativo para la Paz. El Gobierno reitera que sigue con las facultades para tramitar iniciativas de su exclusiva autoría y con la agilidad establecida.
El Ejecutivo está socializando el borrador de un decreto ley con el que espera formalizar y volver más productivas las tierras del país, beneficiando a más de 800.000 familias campesinas.
La Sala Civil reforzó lo señalado por la Corte Constitucional en la Sentencia C-330 del 2016, en el sentido de que la atención a los segundos ocupantes requiere de la participación activa de la justicia.
Según el comunicado de la Sentencia C-172 del 2017, la Corte Constitucional debía determinar si el Presidente excedió las facultades extraordinarias que le fueron concedidas por el Congreso mediante el numeral 2° del artículo 10 de la Ley 1424 del 2010.
La Corte Constitucional profiere una nueva orden dentro del seguimiento a la Sentencia T-488 del 2014, que evidenció una falla estructural en la política de recuperación de bienes del Estado.
El Código General del Proceso le brinda al juez las herramientas necesarias para resolver las dudas sobre este tema y le permite vincular a las entidades competentes.
La Corte Constitucional pide a todos los jueces de la República dejar de fallar estos procesos con base en un antecedente fijado por la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia.
En un fallo reciente, la Sala Sexta de Revisión de la Corte Constitucional presentó una serie de casos que los operadores judiciales deben tener en cuenta en este tipo de litigios.
Según la jurisprudencia vigente, la decisión que le corresponde adoptar al juez de tutela no consiste en que el medio rectifique la información, sino en que le dé una oportunidad suficiente para presentar sus versiones acerca de los hechos.