Proyecto que cambiaría régimen de adjudicación de baldíos llega a penúltimo debate (8:00 a.m.)
29 de Marzo de 2017
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Nota:
54633
La iniciativa que se pondrá a consideración de la Comisión Quinta del Senado otorgaría facultades a la Agencia Nacional de Tierras (ANT) para adelantar los procesos establecidos en la Ley 160 de 1994. Así, los predios rurales de propiedad de la Nación y los terrenos baldíos se titularán en unidades agrícolas familiares (UAF) y será responsabilidad de la ANT determinar los criterios metodológicos para fijar sus extensiones máximas y mínimas, para lo cual deberá tener en cuenta las condiciones agrológicas, fisiográficas, disponibilidad de aguas, cercanía a poblados de más de 3.000 habitantes y vías de comunicación. En caso de existir áreas que excedan el tamaño de la UAF establecidas para la respectiva jurisdicción, se les dará el carácter de predios rurales de propiedad de la Nación o terrenos baldíos reservados, susceptibles de ser adjudicados a otros campesinos. Por otra parte, no serán adjudicables los predios que cuenten con las siguientes condiciones: (i) terrenos situados dentro de un radio de 250 metros alrededor de las zonas donde se adelanten procesos de explotación de recursos naturales no renovables; (ii) terrenos situados en colindancia a carreteras del sistema vial nacional, según las fajas mínimas de retiro obligatorio o áreas de exclusión, conforme fueron fijadas en la Ley 1228 del 2008. Por último, se establece que los predios rurales de propiedad de la Nación y los terrenos baldíos serán adjudicados exclusivamente a pobladores rurales que tengan derecho de dominio, posesión o tenencia de la tierra con fines sociales y productivos. De ser aprobada, a la iniciativa solo le restaría el estudio de la plenaria del Senado antes de ser enviada a sanción presidencial.
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