Declaran inexequible y sustituyen aparte de norma sobre planta temporal de la Procuraduría (8:06 a.m.)
30 de Mayo de 2017
Reproducir
Nota:
55381
Se dio a conocer la sentencia que declaró la inexequibilidad de la expresión “de carácter permanente” y la sustituyó por el aparte “por 10 años, sin perjuicio de lo que pueda determinar el legislador”, del artículo 1° del Decreto 2247 del 2011, que establece la planta de personal de la Procuraduría General de la Nación. Según la sentencia de la Corte Constitucional, la expresión excluida es inconstitucional, toda vez que determina la permanencia de los cambios en la planta de personal de la entidad, a pesar de que la norma habilitante no fijaba un límite, pero por la naturaleza de las medidas deben tener vigencia temporal. Igualmente, explicó que ante la omisión legislativa en el señalamiento del límite el Ejecutivo fundamentó el decreto en un ejercicio interpretativo admisible. Sin embargo, la expresión “de carácter permanente” se alejaba de ese razonamiento y, por ello, correspondería a un exceso en el ejercicio de las facultades. En virtud de lo anterior, consideró que no es factible adoptar una inexequibilidad simple debido a la trascendencia constitucional del objeto del Decreto 2247 y de la restitución de tierras, por cuanto generaría efectos inconstitucionales por obstaculizar e impedir el desempeño de las funciones del Estado encaminadas a obtener verdad y reparación. Por tal razón, la Corte expidió el fallo bajo la modalidad sustitutiva, con el fin de llenar el vacío generado por la extralimitación presidencial (M. P. Gloria Stella Ortiz Delgado).
Opina, Comenta