Expiden norma para formalizar tierras que se encuentran en falsa tradición
27 de Marzo de 2018
El presidente de la República, Juan Manuel Santos, firmó el decreto que da a la Superintendencia de Notariado y Registro facultades para verificar las matrículas inmobiliarias que identifican registralmente los predios rurales.
Además, le otorgó a la entidad la responsabilidad de expedir los actos administrativos que determinen, en la cadena de tradición de dominio, los actos de tradición y de falsa tradición y la existencia de titulares de eventuales derechos reales sobre los predios. (Lea: Reivindicación no procede si posesión del demandado es anterior a dominio del demandante)
Alcances del decreto
- Quienes pueden acceder a los beneficios de la norma son pobladores rurales que tengan predios que no superen la medida de la unidad agrícola familiar y que los mismos estén en falsa tradición. (Lea: Suma de posesiones para adquirir el dominio no incluye la del propietario).
- Las personas deben hacer una petición ante la oficina de registro de instrumentos públicos solicitando que les revisen el folio. Deben aportar el número de folio y todos los documentos que tengan como soporte, por ejemplo, escrituras públicas.
- No podrán acceder predios cuya tradición provenga de desplazamiento forzado, testaferrato, engaño o estén con medidas cautelares en procesos de restitución de tierras o de extinción del dominio. (Lea: Dos o más procesos de sucesión de un mismo causante no generan conflicto de competencia)
- Los folios de matrícula inmobiliaria van a ser objeto de verificación por parte de la Superintendencia Delegada para la Protección, Restitución y Formalización de Tierras para revisar la cadena de tradición y determinar si hay anotaciones antes del 5 de agosto de 1974, dándole al predio el tratamiento de bien privado.
- Se expedirán los actos administrativos correspondientes, que serán parte del folio.
Cifras de Supernotariado
Según cifras manejadas por la entidad, cerca del 36 % de los folios de matrícula inmobiliaria corresponden a folios con antecedentes registrales que inician con falsa tradición, lo cual deja en evidencia la existencia de un alto grado de informalidad en la titularidad de la propiedad rural. (Lea: Jueces especializados en restitución de tierras no tienen competencia para adelantar trámites sucesorales)
La meta es hacer una expansión progresiva a todas las zonas del país con marcados índices de falsa tradición, como Nariño (29.422 folios), Cauca (17.285 folios), Santander (16.333 folios), Antioquia (14.975 folios) y Tolima (13.941 folios).
Presidencia, Comunicado, Mar. 27/18
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