Ordenan suspensión de títulos mineros en resguardos de Supía y Riosucio (11:01 a.m.)
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07 de Febrero de 2017
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La Sala Novena de Revisión de la Corte Constitucional concedió una acción de tutela a las comunidades indígenas Cañamomo y Lomaprieta, de los municipios de Supía y Riosucio (Caldas), y ordenó a la Agencia Nacional de Tierras (ANT) priorizar el proceso de delimitación y titulación de tierras de las comunidades étnicas asentadas en esa región. Igualmente, decretó, entre otras cosas, suspender los procesos de contratación, formalización e inscripción de títulos mineros dentro de la zona, hasta tanto no se tenga una decisión en firme por parte de la ANT sobre la extensión de los territorios pertenecientes a las comunidades étnicas. Para el alto tribunal, la Agencia Nacional de Minería vulneró el derecho fundamental al territorio de estas comunidades al haber continuado los procesos de otorgamiento de licencias mineras bajo la excusa de que dicho ámbito territorial no se encuentra dentro del catastro minero, omitiendo que ese procedimiento se encuentra en curso y limitando, en consecuencia, la posibilidad de que, una vez terminado, la comunidad tenga pleno disfrute de los terrenos, así como el ejercicio de otros derechos fundamentales, como el de consulta previa y autonomía (M. P. Luis Ernesto Vargas).
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