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Reforma al proceso de restitución de tierras llega a primer debate (9:00 a.m.)

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03 de Mayo de 2017

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La Comisión Primera del Senado será la encargada de estudiar la iniciativa en su primera etapa legislativa. La propuesta es modificar la Ley 1448 del 2011 para ofrecer garantías procesales a las personas propietarias, poseedoras de predios o explotadores de baldíos que hayan sido despojadas o que se hayan visto obligadas a abandonarlos como consecuencia directa e indirecta del conflicto armado. Así, una vez presentado el requerimiento de protección de predios abandonados forzosamente corresponderá a la Unidad de Restitución de Tierras (URT), dentro de los 30 días siguientes a la recepción de los requerimientos, verificar los hechos, la identificación y localización espacial del predio. Cumplido este término, la URT contará con 15 días para decidir sobre la inclusión del predio en el registro único de predios y territorios abandonados (RUPTA). Por su parte, se considerarían segundos ocupantes aquellas personas naturales vulnerables que ejercieron o ejercen una relación material o jurídica de propiedad, posesión o explotación susceptibles de adjudicación sobre un predio despojado o abandonado forzosamente y que es solicitado en restitución de tierras y que no tuvieron un nexo directo o indirecto con respecto a los hechos que dieron lugar al despojo o abandono forzado de tierras en el marco del conflicto armado. En la fase judicial de la acción de restitución, los segundos ocupantes podrán comparecer como opositores o sujetos con derechos e interés en el proceso.

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