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Esta es la comisión que verificará la entrega de bienes de las Farc

25 de Agosto de 2017

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El Gobierno expidió el Decreto 1407 del 2017 que, entre otros puntos, crea una comisión transitoria de verificación de los bienes entregados por las Farc y de apoyo al administrador del patrimonio autónomo. (Lea: Actualizan jurisprudencia sobre funciones de la Fiscalía en investigaciones contra las Farc)

 

“Este decreto precisa que el único destino será la reparación de las víctimas. Con esto, además, estamos zanjando una discusión que se presentó y queda absolutamente claro que los bienes y activos de las Farc no se utilizarán para la reincorporación de estos, sino que, conforme lo dice el decreto que fue expedido, única y exclusivamente se van a destinar a la reparación de las víctimas”, precisó el ministro del Interior, Guillermo Rivera.

 

La norma designa al administrador del patrimonio autónomo previsto en el Decreto Ley 903 del 2017, será la Sociedad de Activos Especiales (SAE) SAS. (Lea: Sientan jurisprudencia sobre aplicación de la JEP en casos de ejecuciones extrajudiciales)

 

La comisión tendrá como finalidad asegurar, previo a la constitución del patrimonio autónomo, el apoyo técnico administrativo y financiero al administrador de dicho patrimonio en el proceso de recepción material, verificación y custodia de los bienes incluidos en el inventario.

 

Así mismo, podrá identificar esos bienes, verificar su naturaleza jurídica, el estado en que se encuentren y también tomar decisiones para la custodia de los mismos, tales como la venta o chatarrización.

 

Una vez constituido dicho patrimonio, la comisión transitoria será el consejo fiduciario previsto en el decreto ley.

 

Conformación de la comisión

 

La instancia estará integrada por representantes formalmente designados de las siguientes entidades:

 

1.       Ministerio del Interior

2.       Ministerio de Justicia

3.       Ministerio de Defensa

4.       Ministerio de Agricultura

5.       Departamento Administrativo de la Presidencia de la República

6.       Oficina del Alto Comisionado para la Paz

7.       Oficina del Alto Consejero para el Posconflicto

8.       Departamento Administrativo para la Prosperidad Social

9.       Superintendencia de Notariado y Registro

10.   Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC)

11.   La Sociedad de Activos Especiales (SAE)

 

Extinción de dominio

 

El ministro de Justicia, Enrique Gil, señaló que si se presenta el caso de bienes que estén por fuera del patrimonio o no estén registrados en la lista entregada, esto generará automáticamente una remisión a la justicia ordinaria y el inicio de un proceso de extinción de dominio por parte de la Fiscalía.

 

Explicó que, en dicho caso, la extinción de dominio sería iniciada sobre los bienes que no hayan sido declarados y que se llegaren a descubrir, si es que existen; por ejemplo, cuentas en el exterior, como se ha dicho, o un bien de cualquier naturaleza que no haya sido relacionado, lo cual “genera automáticamente un proceso de extinción de dominio”.

 

Destinación de los recursos y bienes

 

En ejercicio de la función de apoyo a la verificación, el grupo constatará si cada bien en particular se encuentra ya dentro del Fondo para la Reparación de las Víctimas, del Fondo de Restitución de Tierras o dentro del Fondo para la Rehabilitación, Inversión Social y Lucha contra el Crimen Organizado (Frisco).

 

También comprobará si cada bien se encuentra afecto a un proceso de extinción de dominio impulsado por la Fiscalía General de la Nación. Para lo anterior, las entidades administradoras de estos tres fondos y la Fiscalía darán pleno acceso a toda la información que requiera la Comisión y prestarán la colaboración necesaria.

 

Presidencia de la República, Decreto 1407 del 2017, Ago. 24/17

 

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