El fallo del club El Nogal y la ruptura del equilibrio de las cargas públicas
Javier Tamayo Jaramillo y Luis Felipe Botero analizan, desde la responsabilidad patrimonial del Estado, un reciente fallo del Consejo de Estado sobre el club El Nogal.
Javier Tamayo Jaramillo y Luis Felipe Botero analizan, desde la responsabilidad patrimonial del Estado, un reciente fallo del Consejo de Estado sobre el club El Nogal.
El pasado 12 de enero, la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema expidió una sentencia importante en materia de responsabilidad civil. Los expertos Sergio Rojas Quiñones y Maximiliano Aramburo analizan esta importante providencia.
La sentencia precisó que, en Colombia, la vida de quien está por nacer no puede ser considerada, bajo ninguna circunstancia, como un menoscabo.
Iván Daniel Jaramillo Jassir y Diego Felipe Valdivieso Rueda analizan para esta sección las implicaciones más importantes de la Sentencia C-005 del 2017 de la Corte Constitucional.
Los expertos Sergio Rojas Quiñones y Javier Tamayo Jaramillo analizan un fallo reciente de la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia sobre los elementos de la responsabilidad civil.
Existe una fuerte polémica sobre la efectividad de la figura, y la posible insuficiencia en el desarrollo legislativo acerca de las causas que dan lugar a la misma.
Juan Camilo Restrepo, Luis Ignacio Betancur y Diana María Ocampo analizan la Sentencia C-623 del 2015 de la Corte Constitucional, sobre el recurso de revisión en procesos agrarios.
Tres expertos analizan la Sentencia C-378 del 2014 de la Corte Constitucional, sobre la procedencia de la tutela en el marco de órdenes o sugerencias de organismos internacionales.
Solo cuando las condenas tocan a personas de cierta notoriedad o pertenecen a determinados círculos sociales, entonces sí se activan alarmas que han debido sonar desde el principio.
Al contrario de lo que suele afirmarse, la SAS goza de una estructura normativa más proteccionista que los tipos tradicionales de sociedad.
La intervención de un tercero en la causación del daño sería irrelevante, porque es la existencia de un bien público lo que expone a la ciudadanía a un riesgo especial de daño, pero de manera legítima.
Aunque la teoría de la imputación objetiva tiene su origen en 1927 con el civilista Karl Larenz, es la doctrina penal donde mayor evolución ha tenido.
El punto central consiste en definir qué es intermediación laboral y en qué casos está permitida y en cuáles prohibida.
El Consejo de Estado ha acuñado una doctrina profundamente respetuosa del derecho a la libertad en el contexto del daño especial.
La sentencia muestra las interpretaciones disonantes de la Corte Constitucional y del Consejo de Estado en cuatro aspectos: beneficiarios, IBL, factores de liquidación y tope de las pensiones del régimen de transición.
Es plausible que con sentencias como esta se envíe un mensaje claro y directo a los empleadores que pretenden esquivar sus obligaciones utilizando figuras jurídicas del derecho civil o comercial.
La ejecución de las concesiones está expuesta a sus propias vicisitudes, sin que pueda asegurarse que la utilidad proyectada siempre se logra íntegramente.
El juramento estimatorio que se utiliza para peticiones justas, y por lo mismo de manera ponderada, economiza actividad probatoria con respecto a la acreditación de los montos reclamados.
La Corte Suprema adoptó otro criterio que resulta coherente y eficaz, al interpretar sistemáticamente el artículo 142 del Código de Procedimiento Civil, con los artículos 51 y 146.
Estamos ante una institución insólita que jamás ha consagrado nuestra Carta Política. Sorprende que el órgano encargado de su guarda la desconozca y lesione la separación de poderes y el Estado de Derecho.