Suministro de equipo de seguridad no extingue las obligaciones del empleador
La Sala Laboral de la Corte Suprema recordó que en torno a las obligaciones de diligencia y cuidado que recaen en los empleadores ha sostenido que se materializan en el deber de información y ejecución de medidas de protección y prevención necesarias para la gestión de los riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en los artículos 21, 56, 58 y 62 del Decreto 1295 de 1994 y demás normativas concordantes. Actualmente rige la Resolución 1409 del 2012, que amplió las obligaciones del empleador, ...
Ver nota completaCorte Suprema de Justicia Sala Laboral, Sentencia, SL-17342022 (90806), 25/05/2022.