Fabricantes o importadores de juguetes deben abstenerse de comercializar sin certificado de conformidad
La Resolución 686 del 2018, por la cual se expide el reglamento técnico que deben cumplir los juguetes y accesorios que se fabriquen, importen y comercialicen en el territorio nacional, será aplicable siempre que el producto sea un juguete, de acuerdo con la definición del artículo 5 de la misma, y que esté destinado para el uso de menores de 14 años de edad. Así mismo, indicó la Superintendencia de Industria y Comercio, que se fabrique, importe o comercialice en Colombia. Ahora bi...
Ver nota completaSuperindustria y Comercio, Concepto, 21422085, 30/11/2021.