Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


Sancionan a abogado por no asistir en siete ocasiones a una audiencia

Se declaró disciplinariamente responsable al jurista de la falta descrita en el artículo 37, numeral 1º, de la Ley 1123 del 2007, por incumplimiento del deber consagrado en el artículo 28, numeral 10º, imponiéndole sanción de censura.
137036
Imagen
abogado-justicia-derechobig.jpg

21 de Diciembre de 2021

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis

La Comisión Nacional de Disciplina Judicial declaró disciplinariamente responsable a un abogado por la falta descrita en el artículo 37, numeral 1º, de la Ley 1123 del 2007, e incumplimiento del deber consagrado en el artículo 28, numeral 10º.

 

La censura al profesional del Derecho se dio por no asistir a las sesiones programadas para una formulación de acusación durante el 2018, las cuales no pudieron llevarse a cabo por su ausencia.

 

El disciplinado fungía como defensor cuando se adelantaron ante el juzgado control de garantías la legalización de captura y la formulación de imputación.

 

El fallo indica que el abogado no atendió el encargo profesional encomendado, al no comparecer a la formulación de acusación en siete ocasiones, audiencias en las que su presencia era fundamental para darle validez, máxime cuando se acreditó la asistencia de la fiscalía. Y es que en el sistema penal acusatorio contenido en la Ley 906 del 2004 tanto la fiscalía como la defensa deben acudir a las audiencias convocadas, de acuerdo a lo señalado en el artículo 140, numeral 6, del Código de Procedimiento Penal, y conforme lo ordena el artículo 339 ibidem.

 

Por lo tanto, el juicio de adecuación típica se configura de acuerdo con la conducta reprochada y debidamente probada dentro del proceso, siendo cierto su actuar sin la debida diligencia, pues dejó de realizar oportunamente la labor a la que se había comprometido, generando una dilación injustificada del proceso penal y un desgaste a la administración de justicia (M. P. Carlos Arturo Ramírez Vásquez).

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)