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Actualizado hace 19 hours | ISSN: 2805-6396

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Especiales / Informe


Resumen del año: recuerde las noticias jurídicas más importantes que marcaron el 2022

10 de Enero de 2023

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Gustavo-Petro-presidente(EFE)

El 19 de junio del 2022, Colombia eligió a Gustavo Petro como su nuevo presidente para el periodo 2022-2026. Muy pronto, el cambio de un gobierno de derecha por uno de izquierda empezó a sentirse en el rumbo y en las políticas públicas del país. El primer paso que Petro dio fue garantizar las mayorías en el nuevo Congreso de la República, para sacar adelante su agenda legislativa.

 

Así, en el segundo semestre, se aprobaron normas tan importantes, como la reforma tributaria, la nueva política de paz o el Acuerdo de Escazú. A la par, el Gobierno anunció cambios radicales en materia de política antidrogas, contratos minero-energéticos y contratación pública, entre otros temas.

 

En materia jurisprudencial, el fallo de la Corte Constitucional sobre la despenalización del aborto hasta la semana 24 de gestación marcó un hito en el 2022. Así mismo, se produjeron importantes sentencias sobre suicidio asistido, los derechos de las parejas adoptantes del mismo sexo y la tenencia y apropiación de bienes rurales.

 

El país también estrenó procedimientos virtuales incorporados por la Ley 2213 del 2022, el Código General Disciplinario y el Estatuto de Conciliación. Al tiempo que se cumplían 100 años del fallo Villaveces (una decisión emblemática en materia de daños), Colombia sufría un nuevo revés internacional por el caso San Andrés.

 

Por último, Legis, empresa líder en la divulgación del conocimiento y la tecnología, cumplió 70 años al servicio de la promoción de la justicia. En el 2023, ÁMBITO JURÍDICO seguirá informando oportunamente a sus suscriptores y lectores sobre los temas jurídicos más importantes, como las reformas ya anunciadas, en materia laboral, pensional y de salud, entre otras.

 

La producción normativa durante la transición de Gobierno
En el 2022, fueron expedidas 98 leyes. Hasta agosto, el Congreso que legisló durante el Gobierno saliente tramitó 87 de ellas, entre las que se resaltan la Ley de Desconexión Laboral (L. 2191/22), la de Transparencia (L. 2195/22), la que reguló el régimen especial de la Región Metropolitana de Bogotá (L. 2199/22) y la que moderniza la organización de los departamentos (L. 2200/22).

Algunas fueron impulsadas en beneficio de grupos poblacionales específicos, como la que creó las casas refugio para mujeres víctimas de la violencia (L. 2215/22), la de educación inclusiva (L. 2216/22) y la que promovió el empleo juvenil (L. 2214/22), mientras que otras permitieron superar vacíos normativos, como la que regula las visitas entre abuelos y nietos (L. 2229/22), la gestión del cambio climático y la formalización y legalización minera (L. 2250/22). A su vez, del nuevo Legislativo, posesionado el pasado 20 de julio, se resaltan la que aprobó el Acuerdo de Escazú, la que definió la política de paz y la reforma tributaria.

 

La decisión histórica sobre el aborto
La despenalización del aborto hasta la semana 24 de gestación, y de manera intemporal bajo las causales a las que alude la Sentencia C-355 del 2006, fue una de las decisiones de la Corte Constitucional que más impacto generó en la ciudadanía. El histórico pronunciamiento (Sent. C-055/22) dio pie para que el Ministerio de Salud estableciera la hoja de ruta para cumplir el fallo, mediante la Circular 044. Sin embargo, mientras los defensores de la libertad reproductiva aun celebraban la fórmula implementada en Colombia, en EE UU, a mediados de julio, fue derogada la decisión Roe vs. Wade, en la que, en reconocimiento al derecho a la intimidad de la mujer, era viable abortar hasta la finalización del segundo trimestre de gestación.

 

aborto-mujeres-marchas(shutterstock)



La justicia digital es legislación permanente
Una de las noticias más importantes para la comunidad jurídica durante el 2022 fue la adopción, como legislación permanente, de la mayoría del contenido del Decreto Legislativo 806 del 2020, con el fin de implementar el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones en las actuaciones judiciales. En efecto, la Ley 2213 del 2022 contempló algunas medidas que no estaban consignadas en el decreto expedido durante la pandemia, las cuales fueron incorporadas como consecuencia de la experiencia que dejó la aplicación del articulado transitorio y de la persistente lucha que lideraron los expertos que impulsaron lo que hoy, finalmente, es ley de la República.

 

Las nuevas disposiciones han permitido agilizar el trámite de los procesos, cuya naturaleza se previó como complementaria a las normas contenidas en los códigos procesales de cada jurisdicción y especialidad.

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Formulan soluciones a la problemática con baldíos
Diferentes posturas jurisprudenciales, entre la Corte Constitucional y la Corte Suprema de Justicia, motivaron a que el primero de esos tribunales unificara su jurisprudencia en torno a una problemática nacional estructural de vieja data: la tenencia y posesión de la pequeña propiedad rural, la cual ha facilitado el despojo de pequeños cultivadores, la excesiva concentración de la propiedad rural y, en algunos casos, la apropiación indebida de bienes del Estado.

Precisamente, la corporación planteó algunas fórmulas para alcanzar la justicia social y acabar con la tensión de derechos constitucionales, a partir de dos componentes: la precisión de la jurisprudencia y la enunciación de algunos remedios. Como resultado de esa operación, en el fallo se consignan 11 reglas de decisión, las cuales están acompañadas de varios exhortos dirigidos al Legislativo y al Ejecutivo.

tierras-baldias-colombia(Shutterstock



Inicia vigencia del Código General Disciplinario
El 29 de marzo entró en vigor el Código General Disciplinario, un cuerpo normativo compuesto por las leyes 1952 del 2019 y 2094 del 2021, con excepción del artículo que regula la prescripción de la acción disciplinaria, que entrará en vigencia el próximo 29 de diciembre. En su confección participó la Procuraduría General de la Nación, la Defensoría del Pueblo, el Consejo Superior de la Judicatura y el Ministerio de Justicia, entre otros. Todos esos actores consideraron oportuno eliminar la caducidad de la acción, que había sido introducida en la Ley 1474 del 2011, y adoptar un régimen de pruebas propio, que no dependerá de la remisión normativa a otros estatutos procedimentales. Por esas razones, este nuevo marco regulatorio ha sido calificado como una reforma amplia.

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La reforma tributaria de Gustavo Petro busca la justicia social
Desde la posesión del nuevo Gobierno, el país entero estuvo haciendo seguimiento a la anunciada reforma tributaria, diseñada con el objetivo de recaudar los recursos necesarios para implementar la política que busca alcanzar la justicia social. Si bien a lo largo del trámite legislativo el texto propuesto por el Ejecutivo sufrió modificaciones, la Ley 2277 consignó varios cambios en la tributación de personas naturales y jurídicas, en lo que se refiere al impuesto de renta, y en las ganancias ocasionales, especialmente en lo que respecta a las tarifas y ganancias ocasionales exentas. Igualmente, incorporó el impuesto al patrimonio y el impuesto saludable y realizó ajustes al Régimen Simple de tributación.

 

Nuevo trámite en juicios de existencia de unión marital  
Gracias a una nueva subregla de jurisprudencial, siempre que se acredite la ocurrencia de actos constitutivos de violencia intrafamiliar o de género durante el proceso de existencia de una unión marital de hecho se le puede permitir a la víctima iniciar un trámite incidental de reparación, en los términos explicados en la Sentencia SU-080 del 2020. Justamente, la Corte Suprema de Justicia definió las reglas del nuevo procedimiento, de tal forma que el juez de familia pueda determinar, en el mismo escenario procesal, los alcances de los daños padecidos por la persona maltratada. Ese incidente es una vía procesal adicional al proceso ordinario de responsabilidad.

 

Corte declara dos nuevos estados de cosas inconstitucionales
La declaración del estado de cosas inconstitucionales que se adoptó en el año 2013 sobre el sistema penitenciario y carcelario se extendió, el pasado mes de marzo, a los centros de detención transitoria, dadas las condiciones de hacinamiento. Igual medida fue adoptada en beneficio de los firmantes de paz, una vez la Corte Constitucional evidenció el bajo nivel de implementación de sus garantías de seguridad. En esa oportunidad, el alto tribunal concluyó que las obligaciones adquiridas por el Estado estaban lejos de haber sido cumplidas a cabalidad.

 

Ley de Seguridad Ciudadana
Una de las leyes que más polémica generó en el 2022 fue la de Seguridad Ciudadana (L. 2197). La norma, de iniciativa del Gobierno anterior, incorporó numerosas reformas a las disposiciones sustantivas y procesales en materia penal y al Código de Extinción de Dominio, entre otros, con el objetivo de brindar a las autoridades los instrumentos jurídicos y económicos necesarios para contrarrestar la delincuencia en las ciudades del país. Ejemplo de ello es la regulación que realizó sobre las armas y sobre los elementos y dispositivos menos letales.

 

No hay convivencia mínima con afiliado fallecido
Aun cuando la Corte Constitucional dejó sin efectos el fallo en el que la Corte Suprema de Justicia estableció que el beneficiario de una pensión no tiene que comprobar un tiempo mínimo de convivencia con el afiliado fallecido, el máximo tribunal de la justicia ordinaria retomó esa postura. A su juicio, esa es la interpretación correcta del artículo 13 de la Ley 797 del 2000, por lo que se mantiene el debate entre ambas cortes.

 

Fallos sobre control y responsabilidad fiscal
Por vulnerar el derecho a acceder a la administración de justicia en condiciones de igualdad, fueron declarados inexequibles los artículos 23 y 45 de la Ley 2080 del 2021, que regulaba el control automático de legalidad de los fallos con responsabilidad fiscal, ejercido por el Consejo de Estado, y su trámite. Igual decisión fue formulada sobre los artículos 124 a 148 del Decreto-Ley 403 del 2020, mediante el cual el Ejecutivo implementó el esquema de control fiscal del Acto Legislativo 04 del 2019.

 

Cae el Código Electoral colombiano
El Proyecto de Ley Estatutaria 409/20C-234/20S, que contenía el nuevo Código Electoral para Colombia, fue declarado inexequible, el pasado mes de abril, por la Corte Constitucional. La decisión se adoptó como resultado del control previo, automático e integral que la Constitución Política establece, en los artículos 153 y 241.8, en el que se evidenciaron vicios de procedimiento durante su trámite en el Congreso de la República. Además, también se advirtió el incumplimiento frente al deber de realizar la consulta previa del proyecto.

 

Tumban reforma a la “ley de garantías”
Con efectos retroactivos, fue declarado inexequible el artículo 124 de la Ley 2159 del 2021, que suspendió, parcial y transitoriamente, la prohibición contenida en la Ley 996 del 2005, sobre la celebración de los convenios interadministrativos cuatro meses antes de los comicios electorales. La Corte Constitucional fijó varias reglas como consecuencia de la decisión, entre ellas, la terminación y liquidación de algunos convenios que estaban en ejecución, sin perjuicio de la devolución de los recursos girados.

 

Colombia violó los derechos soberanos de Nicaragua
La Corte Internacional de Justicia dio a conocer, el 21 de abril del 2022, las decisiones adoptadas en el fallo que denominó “presuntas violaciones de derechos soberanos y espacios marítimos en el mar Caribe”, tras la demanda que presentó Nicaragua contra Colombia, en el 2103. Allí declaró que el país violó los derechos soberanos y de la jurisdicción de Nicaragua, por interferir en las actividades de investigación de naves de bandera o licencia nicaragüense, así como con sus operaciones de marina, tras el ingreso de embarcaciones colombianas en su zona económica exclusiva.

 

Informe de la Comisión de la Verdad
Luego de escuchar alrededor de 27.508 relatos narrados por víctimas y victimarios del conflicto armado interno, la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición presentó a la ciudadanía su Informe Final, un robusto documento en el que recogió los hallazgos, los testimonios y algunas recomendaciones que resultan después de cuatro años de investigación sobre el periodo nacional comprendido entre 1958 y el 2016. Todo esto, en virtud del mandato que el Acuerdo Final, suscrito entre Colombia y las Farc, le otorgó a ese organismo, en el 2016.

 

El nuevo Estatuto de Conciliación
En un solo cuerpo normativo quedaron integradas las reglas, generalidades, principios, límites, competencia y procedimiento de la conciliación, tanto en equidad como en derecho. En efecto, el nuevo Estatuto de Conciliación (L. 2220/22), que empezó regir el 29 de diciembre, da por finalizado el problema de la dispersión normativa, producto de modificaciones y derogaciones, tácitas y expresas, producidas como resultado de la dinámica legislativa. El nuevo marco, que derogó la Ley 640 del 2001, consagró expresamente modalidades alternativas para adelantar el proceso: la presencialidad, los recursos digitales o una mixtura entre esas opciones.

 

Ordenan ajustar títulos mineros
El Consejo de Estado ordenó al Gobierno Nacional, entre otros, corregir el déficit de protección al medioambiente que se evidencia en el ordenamiento minero-ambiental previsto para el otorgamiento de títulos mineros. También impuso corregir el trámite de evaluación de propuestas, con miras a que la asignación de los títulos mineros se ajuste a las prohibiciones y restricciones de explotación del subsuelo que ha previsto la jurisprudencia de la Corte Constitucional. Esta fue solo una de las ocho órdenes impartidas, tras evidenciar el nivel de desarticulación institucional de los sectores minero y ambiental.

 

Anular traslado por falta de información solo se puede en sistema público
Según la Corte Suprema de Justicia, quienes se encuentran pensionados en el Régimen de Prima Media con Prestación Definida, es decir, en el sistema público que administra Colpensiones, pueden pedir la ineficacia del traslado de régimen pensional (anularlo), cuando no recibieron la información adecuada para tomar esa decisión. Pero, a su juicio, esto no aplica para quienes están pensionados en el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad, es decir, en los fondos privados, pues, al estar disfrutando de una pensión de vejez, ya tienen una situación jurídica consolidada.

 

Primeras decisiones del presidente Gustavo Petro
Una de las primeras medidas que Gustavo Petro adoptó como presidente de la República, y que generó un gran revuelo, se concentra en las instrucciones que impartió, mediante la Directiva 08, para garantizar la austeridad y la eficiencia del gasto público. En efecto, las directrices relacionadas con los contratos de prestación de servicios de apoyo a la gestión, como aquella que invita a la verificación previa de contratistas en el Secop para este tipo de convenios, originaron debates, sobre todo, en el sector público. Otra medida que se destaca es la adoptada a través del Decreto 2113, a través del cual declaró la ‘Situación de Desastre de Carácter Nacional’ en Colombia por un año, debido a la ola invernal que vivió el país.

 

La política de paz se convierte en la hoja de ruta para negociar con grupos armados
A través de la Ley 2272 del 2022, no solo fueron prorrogados varios artículos que componen la Ley de Orden Público (L. 418/97), sino que, además, fue adoptada la política de paz, como política de Estado, entre otras disposiciones que se dirigen a hacer efectiva la propuesta bandera del nuevo Gobierno, como el servicio social para la paz y las negociaciones con grupos armados. Precisamente, la ley otorga facultades al Ejecutivo para entablar acercamientos con estructuras armadas organizadas de crimen que quieran transitar hacia el Estado de derecho.

 

Exhortos de la Corte Constitucional: las tareas pendientes que deja el 2022
A lo largo del 2022, la Corte Constitucional profirió en sus sentencias varios exhortos al Ejecutivo y al Legislativo para regular vacíos normativos que ocasionan afectaciones a varios derechos fundamentales. Entre otros, se resalta el que insta a desarrollar la normativa sobre la maternidad subrogada, el que busca la protección de los menores migrantes en estado de abandono, el que pretende la creación del marco legal del derecho al trabajo de las personas con discapacidad y el que persigue la regulación de la reproducción humana asistida, con un enfoque de género.

 

Cae plan de manejo ambiental y cambia política sobre fumigación con glifosato
Por vulnerar el derecho a la consulta previa, la Corte Constitucional dejó sin efectos la Resolución 0694 del 2021, proferida por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, que culminó con el trámite ambiental de modificación del Plan de Manejo Ambiental del Programa de Erradicación de Cultivos Ilícitos mediante Aspersión Aérea con Glifosato. De otra parte, el nuevo Gobierno anunció que se fortalecerá la sustitución manual de cultivos ilícitos y se prohibirá el uso de esta sustancia.

 

Fallo constitucional da vía libre a la Convocatoria 27 
La Corte Constitucional estudió cuatro tutelas que cuestionaban las decisiones que la Universidad Nacional de Colombia y el Consejo Superior de la Judicatura adoptaron mediante la Resolución CJR20- 0202, que ordenó retrotraer la Convocatoria 27, a partir de la citación a pruebas, tras advertir varias irregularidades. Según fallo, el contenido de ese acto no vulneró la confianza legítima de los actores ni configuró un desconocimiento a los precedentes jurisprudenciales alegados como desconocidos. Aun así, instó a la fijación de un nuevo cronograma y dio vía libre a este concurso.

 

El suicidio médico asistido es un medio para llevar a cabo una muerte digna
No se incurre en el delito de ayuda al suicidio cuando la conducta (i) la realiza un médico; (ii) con el consentimiento libre, consciente e informado, previo o posterior al diagnóstico del sujeto pasivo del acto, y siempre que (iii) el paciente padezca un intenso sufrimiento físico o síquico, proveniente de una lesión corporal o de una enfermedad grave e incurable. Así quedó el condicionamiento que la Corte Constitucional profirió, en el mes de mayo, al estudiar la exequibilidad del inciso segundo del artículo 107 del Código Penal (L. 599/00).

 

Licencias parentales cobijan a parejas adoptantes homosexuales
La Corte Constitucional declaró exequible el artículo 2º de la Ley 2114 del 2021, que amplió la licencia de paternidad, instituyó la licencia parental compartida y la flexible, bajo el entendido de que la pareja adoptante del mismo sexo puede definir, por una vez, quién gozará de cada prestación, en las mismas condiciones previstas para las familias heteroparentales adoptantes. El alto tribunal concluyó que el legislador incurrió en una omisión legislativa relativa, que desconoce el derecho a la igualdad de estas parejas.

 

Policía no puede acceder a circuitos de vigilancia privada por prevención
El artículo 48 de la Ley 2197 del 2022 establece que “la Policía Nacional podrá acceder a los circuitos cerrados de vigilancia y seguridad privada, para acciones de prevención, identificación o judicialización”. En un fallo de finales del año, la Corte Constitucional declaró inexequible la palabra “prevención”, mientras que el resto del texto fue declarado exequible, en el entendido de que la Policía Judicial puede acceder a los circuitos cerrados de vigilancia y seguridad privada, para acciones de identificación o judicialización, en el marco de una investigación de carácter penal, previa autorización de la autoridad correspondiente.

 

Declaraciones de IVA presentadas en periodos diferentes no son ineficaces
En un reciente pronunciamiento, la Sección Cuarta del Consejo de Estado declaró la nulidad del aparte “las declaraciones que se hubieren presentado en periodos diferentes a los establecidos por la ley no tienen efecto legal alguno; por lo tanto, los valores efectivamente pagados con dichas declaraciones podrán ser tomados como un abono al saldo a pagar en la declaración del impuesto sobre las ventas del periodo correspondiente”, contenido en el parágrafo 2º  del artículo 1.6.1.6.3 del Decreto 1625 del 2016. El alto tribunal concluyó que dicha previsión lesiona el debido proceso, porque nadie puede ser sancionado sino conforme a leyes preexistentes al acto que se imputa.

 

Dos decisiones fundamentales sobre justicia digital
A la par con la sanción de la Ley 2213 del 2022, sobre justicia digital, la Comisión Nacional de Disciplina Judicial (CNDJ) produjo fallos importantes. En el primero, se apartó de la postura sostenida por la Corte Constitucional en la que concluyó que los pantallazos de los mensajes de WhatsApp constituían un indicio. La CNDJ afirmó que la impresión de mensajes de datos no son prueba indiciaria, sino documental. En otra sentencia, la corporación concluyó que los mensajes de WhatsApp entre cliente y abogado no son prueba ilícita, por tratarse de comunicaciones que se dan en un contexto de intimidad social.

 

El 2022, según los trazos de Argón

 

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