Corresponde a la asamblea de copropietarios nombrar a los miembros del consejo de administración
La legislación ha previsto para las propiedades horizontales la existencia de órganos de dirección y administración, como son la asamblea de copropietarios, consejo de administración y administrador, quienes cumplen funciones distintas de las asignadas al revisor fiscal. Así las cosas, de acuerdo al esquema de la propiedad horizontal, corresponde a la asamblea nombrar a los miembros del consejo de administración y, a su vez, de uno de ellos se nombra el presidente. Por su parte, el conse...
Ver nota completaConsejo Técnico de la Contaduría Pública, Concepto, 542, 08/11/2021.