Supersociedades expide manuales de usuario para tramitar procesos de liquidación judicial a través de mecanismos digitales
24 de Noviembre de 2021
Las solicitudes de inicio del proceso de liquidación judicial previsto en la Ley 1116 del 2006 deberán presentarse preferentemente por el aplicativo Módulo de Insolvencia (“MI”), disponible en la página web de la Superintendencia de Sociedades en el enlace https://mi.ia.supersociedades.gov.co.
A partir del 1º de diciembre del 2021, no será posible radicar una solicitud de liquidación judicial mediante radicación física en las ventanillas de la entidad o mediante envío al correo electrónico anteriormente usado para estos efectos, es decir que las solicitudes se harán por dicho módulo, así como las respuestas a los oficios relacionados con subsanaciones a las solicitudes de admisión a este proceso.
No obstante, si el solicitante no cuenta con las herramientas tecnológicas para hacer una radicación a través del MI o presenta problemas técnicos podrá comunicarse a la superintendencia a la línea (1) 220-1000 o al correo soporte@supersociedades.gov.co, de manera que se le permita, previa verificación de la imposibilidad, la radicación por correo electrónico o hacer uso de los elementos tecnológicos que la entidad habilitará para la presentación de solicitudes in situ, en cada una de sus sedes, las cuales estarán disponibles, siempre que no haya restricciones de movilidad.
El uso del aplicativo para la admisión en línea a un proceso de liquidación judicial se hará de conformidad con los términos y condiciones señalados por la Superintendencia de Sociedades, los cuales se adjuntan como anexo 1.
Así mismo, los términos y condiciones serán incorporados al Módulo de Insolvencia (“MI”) para que sean conocidos y aceptados por los usuarios, de forma previa a la utilización del aplicativo para el proceso de liquidación judicial.
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