Reiteran inaplicación del aumento punitivo de la Ley 890 del 2004 a procesos de única instancia que se adelantan bajo la Ley 600 (10:17 a.m.)
20 de Junio de 2012
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Nota:
81572
La Corte Suprema de Justicia ajustó la condena impuesta a la excongresista Sandra Velásquez, de acuerdo con la orden que profirió la Corte Constitucional en la Sentencia SU-195 del 2012, dada a conocer a través de comunicado de prensa. El fallo del tribunal constitucional negó que la condena por falsedad ideológica en documento público desconociera el debido proceso o el principio de la doble incriminación, por lo que revocó el fallo de tutela de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura. Sin embargo, remitió la actuación a la Corte Suprema, por cuanto se aplicó el aumento de penas consagrado en la Ley 890 del 2004 a un proceso regido por la Ley 600 del 2000, lo que contradice el actual criterio jurisprudencial. La Sala Penal aclaró que la adecuación punitiva se decidió cuando se consideraba que estos aumentos punitivos se aplicaban a procesos bajo la Ley 600, pero reiteró que ese criterio se modificó y que actualmente no puede aumentarse la pena de los procesos de única instancia tramitados bajo la ley mencionada (M.P. María del Rosario Gómez Muñoz).
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