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Actualizado hace 9 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Penal


Reiteran criterio sobre excepciones al incremento de penas (3:24 p.m.)

24 de Enero de 2018

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Nota:
59779
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia recordó que el criterio en relación con el incremento generalizado de penas del artículo 14 de la Ley 890 del 2004 fue modificado a partir de una Sentencia del 2013 bajo el radicado 33254. Aquí se precisó que su aplicación resultaba injusta, contraria a la dignidad humana, carente de fundamento y desproporcionada en los eventos de terminación abreviada del proceso por allanamiento a la imputación o a través de preacuerdos o negociaciones, respecto de los delitos que en la Ley 1121 del 2006 se proscribe el correlativo beneficio de rebaja por aceptación de cargos. Así mismo, a la luz de la modificación introducida por el Acto Legislativo 03 del 2002 al artículo 250 de la Constitución Política y la subsecuente expedición de la Ley 906 del 2004 afirmó que los aumentos de pena son inaplicables frente a los delitos reseñados en el artículo 26 de la Ley 1121, y agregó que esta determinación de ninguna manera comporta una discriminación injustificada. Posteriormente señaló, por medio de un fallo del 2014, que fue extendido a los delitos de secuestro y homicidio doloso cometidos en contra de niños o adolescentes a los cuales el Código de la Infancia y la Adolescencia (Ley 1098 del 2006) proscribió las rebajas de pena (M. P. Fernando Alberto Castro Caballero).

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