Publican el texto de la norma que concedió la extradición de Walid Makled a Venezuela y la negó a EE UU (4:53 p.m.)
15 de Abril de 2011
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Nota:
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Si una persona es objeto de solicitud de extradición por parte de dos o más países, tendrá preferencia la solicitud del país en cuyo territorio fue cometida la infracción, cuando se trate de un mismo hecho. Si son diversos hechos, prevalecerá la solicitud por el delito o los delitos más graves. En caso de igualdad de la gravedad, se preferirá al Estado que presentó la primera solicitud de extradición. Con base en estas disposiciones, consignadas en el Código de Procedimiento Penal, el Gobierno autorizó esta semana la extradición del ciudadano venezolano Walid Makled a su país de origen y se la negó a EE UU. La solicitud de Venezuela fue radicada el 26 de agosto del 2010 y la de EE UU, el 6 de octubre, recordó el Gobierno. Además, la solicitud de EE UU se hizo por delitos relacionados con narcotráfico, mientras que la del vecino país es por lavado de activos, narcotráfico, homicidio y concierto para delinquir.
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