Promover grupos armados ilegales es una modalidad agravada del delito de concierto para delinquir (3:45 p.m.)
20 de Enero de 2011
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Nota:
70679
La Corte Suprema de Justicia señaló que el delito de concierto para delinquir es un tipo penal de conducta permanente, no de ejecución instantánea, por lo que su ejecución debe evidenciar continuidad y permanencia en el propósito delictivo, mientras perdura la asociación para delinquir. De esta forma, la corporación advirtió que promover grupos armados ilegales es una modalidad agravada del concierto para delinquir. Igualmente, explicó que en este delito el núcleo de prohibición se concentra en el acuerdo de voluntades, debido a que se trata de evitar el riesgo contra la seguridad pública. Con estos argumentos, la Sala Penal condenó al ex congresista Miguel Ángel Rangel Sosa por promover grupos paramilitares que actuaban en el departamento de Bolívar.
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