13 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 2 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Penal


Precisan las características de la resolución inhibitoria en la investigación penal que adelanta la Fiscalía (10:47 a.m.)

27 de Diciembre de 2010

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Nota:
71168
En la etapa investigativa de los procesos penales adelantados con la Ley 600 del 2000, la Fiscalía tiene la posibilidad de clausurar la investigación, a través de la apertura de instrucción, por haber recaudado el suficiente material probatorio. Así lo señaló la Corte Constitucional, al precisar que el fiscal también puede proferir una resolución inhibitoria, si encuentra que la conducta no ha existido, que es atípica, que la acción penal no puede iniciarse o que está demostrada una causal de ausencia de responsabilidad. La corte señaló que esta decisión del fiscal tiene el carácter de cosa juzgada formal, pues puede ser revocada en cualquier tiempo, cuando aparecen nuevas pruebas que permitan desvirtuar las conclusiones adoptadas con anterioridad. Con estos argumentos, la corporación confirmó la decisión de negar la acción de tutela interpuesta por Jaime Araújo Rentería, quien no estuvo de acuerdo con una resolución inhibitoria en la investigación de la muerte de un familiar (M.P. Jorge Iván Palacio Palacio).

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