La inmediación es un principio rector del sistema penal acusatorio, no del sistema procesal penal de la Ley 600 del 2000 (3:40 p.m.)
10 de Febrero de 2011
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Nota:
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La Corte Suprema de Justicia señaló que en el sistema penal acusatorio, implementado en la Ley 906 del 2004, solo se estimará como prueba la que haya sido producida e incorporada en forma pública, oral, concentrada y sujeta a confrontación y contradicción ante el juez de conocimiento. Este principio, conocido como de inmediación, no regía en el sistema procesal anterior, esto es, la Ley 600 del 2000, pues allí operaba el de permanencia de la prueba, que consistía en que esta era practicada por la Fiscalía en el desarrollo de la etapa investigativa y su fuerza demostrativa perduraba hasta el momento en que se profiriera sentencia. La corte negó que existiera irregularidad en el sistema de la Ley 600 porque un juez distinto a aquel ante el cual se adelantó la audiencia pública de juzgamiento dictara sentencia. Estas fueron las consideraciones hechas por la Sala Penal en la sentencia que declaró responsable al ex congresista Rubén Darío Quintero del delito de concierto para delinquir por promover grupos armados al margen de la ley.
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