La falta de autorización legal para fabricar, traficar o portar armas de fuego no puede demostrarse con una regla de la experiencia (8:20 a.m.)
13 de Febrero de 2012
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Nota:
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La Corte Suprema de Justicia precisó que uno de los ingredientes del tipo penal de fabricación, tráfico o porte de armas de fuego o municiones es la ausencia de permiso de la autoridad competente. Según el alto tribunal, para su demostración es necesario partir de unos datos o hechos de la naturaleza objetiva, esto es, de un medio probatorio recaudado durante la actuación. De esta forma, concluyó que esta falta de autorización legal para fabricar, traficar o portar armas de fuego no puede demostrarse con una regla o máxima de la experiencia, pues de ser así se estaría ignorando la carga probatoria que tiene la Fiscalía. En ese sentido, también aclaró que las reglas de la experiencia deben plantearse a partir de hechos o circunstancias demostrados (M.P. Julio Enrique Socha Salamanca).
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