Fiscal General de la Nación recupera su competencia al desaparecer el impedimento (11:17 a.m.)
16 de Agosto de 2011
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Nota:
76269
Aunque el artículo 110 del Código de Procedimiento Penal (Ley 600 del 2000) dice que no se recupera la competencia por desaparición de la causal de impedimento, la Corte Suprema de Justicia explicó que tratándose de la competencia privativa del Fiscal General de la Nación en relación con los aforados constitucionales, la situación es diferente, pues el único funcionario detentador de esa competencia es el jefe del ente acusador. El pronunciamiento lo hizo la Sala Penal al confirmar la nulidad de la resolución de acusación contra el exministro Sabas Pretelt de La Vega, decretada en la audiencia preparatoria por falta de competencia del vicefiscal Fernando Pareja para hacer la calificación del sumario. La Sala señaló que aunque originalmente se aceptó el impedimento del fiscal Mario Iguarán y se dejó la competencia en poder del vicefiscal Guillermo Mendoza, al terminar el periodo Iguarán, el proceso debía volver al titular de la entidad y no continuar en la Vicefiscalía. En la decisión, la Corte explicó además que al resolver impedimentos no se hacen pronunciamientos de fondo sobre los asuntos que conoce el que solicita el impedimento.
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