Es posible suspender en cualquier momento el proceso penal de un desmovilizado en la justicia ordinaria para acumularlo al proceso de justicia y paz (4:07 p.m.)
23 de Diciembre de 2010
Reproducir
Nota:
71195
A partir de la postulación del desmovilizado al trámite de justicia y paz, en todo momento se puede suspender un proceso ordinario donde se investiguen conductas sucedidas durante y con ocasión de la pertenencia al grupo armado organizado al margen de la ley, con la finalidad de definir si se acumula o no al proceso de justicia y paz. Según la Corte Suprema de Justicia, ello es así porque se está en un proceso de contribución decisiva para la reconciliación nacional. La Sala Penal señaló que la suspensión del proceso en la justicia ordinaria no implica que la actuación legítima que en el proceso ordinario se surtió tenga que repetirse, sino que se deben llevar todas las diligencias al proceso de justicia transicional, adoptándolas como suyas (M.P. Alfredo Gómez Quintero).
Opina, Comenta