El distanciamiento de los seres queridos y la imposibilidad de desempeñar un oficio remunerado son razones insuficientes para conceder la prisión domiciliaria (4:21 p.m.)
01 de Noviembre de 2011
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Nota:
77081
Dentro de los efectos naturales de la privación de la libertad está el distanciamiento de los seres queridos y la imposibilidad de desempeñar un oficio remunerado, indicó la Corte Suprema de Justicia. Por ello, no pueden aducirse estas restricciones para que se conceda la prisión domiciliaria. De esta forma, la Sala Penal negó que debiera concederse este beneficio a un padre cabeza de familia que afirmaba que la pena de prisión implicaría la desprotección de sus hijos, por el distanciamiento y la imposibilidad de garantizarles un sustento económico. En opinión de la Corte, para conceder el beneficio de prisión domiciliaria debe probarse que el padre tiene bajo su custodia exclusiva y en forma permanente hijos menores o discapacitados y que su ausencia provoca un estado de abandono y desprotección (M.P. Alfredo Gómez Quintero).
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