11 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 6 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Penal


Delito de actos sexuales abusivos con menor de 14 años es un tipo penal de resultado (12:15 p.m.)

16 de Noviembre de 2011

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Nota:
77360
La Corte Suprema de Justicia aclaró que el delito de actos sexuales abusivos con menor de 14 años es un tipo penal de resultado y no de peligro. La Corte explicó que en los delitos de peligro existe una presunción de derecho sobre el daño al bien jurídico tutelado. Esta presunción no existe en el delito mencionado, pues lo que allí se presume es la incapacidad del menor de 14 años para determinarse y actuar libremente en el ejercicio de su sexualidad. En este caso la presunción sí es de carácter absoluto, por lo que cualquier esfuerzo para demostrar que el joven menor de 14 años estuvo de acuerdo con sostener contacto sexual o que no sufrió ningún tipo de afectación a su libertad, formación o integridad sexuales resulta inocuo. En esa medida, se entiende que el bien jurídico se vulnera por el simple hecho de sostener contacto sexual con un menor de esta edad (M.P. Fernando Alberto Castro Caballero).

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