Corte Suprema recuerda los elementos que deben concurrir para el reconocimiento del fuero militar (3:14 p.m.)
01 de Diciembre de 2010
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Nota:
70394
La Corte Suprema de Justicia recordó que las condiciones necesarias para el reconocimiento del fuero militar son: que se trate de miembros de la fuerza pública en servicio activo al momento de la acción típica (factor subjetivo) y que esa conducta sea realizada en relación con los actos del servicio, esto es, en cumplimiento de funciones esenciales que a la fuerza pública le son asignadas por la Carta Política (factor funcional). En lo que se refiere al último factor, la corporación explicó que se requiere que el agente haya iniciado la ejecución de una actividad propia de la función castrense y que en desarrollo de ella se exceda o abuse del ejercicio de la autoridad, incurriendo en el hecho punible. En el fallo se aclaró que en el acto de acusación o de condena se debe establecer no solo la imputación objetiva, sino también la subjetiva, es decir, la forma de culpabilidad, so pena de generarse una irregularidad sustancial que afecte el debido proceso (M.P. Yesid Ramírez Bastidas).
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