Corte Suprema precisa los escenarios de justicia transicional que se ofrecen a los desmovilizados (9:25 a.m.)
24 de Mayo de 2011
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Nota:
73525
La Corte Suprema de Justicia precisó que los escenarios de justicia transicional que tienen los desmovilizados son: el que se ofrece a los guerrilleros que solo deben responder por delitos políticos y conexos, con la posibilidad de aplicar indulto y amnistía; el creado para los desmovilizados rasos de los grupos paramilitares que solo cometieron infracciones calificadas como menores (Ley 1421 del 2010); y, por último, el dirigido a los combatientes de cualquier bando que perpetraron toda clase de punibles y manifiestan su decisión voluntaria y sincera de cesar su accionar armado y cumplir con las exigencias legales (Ley 975 del 2005). La corte aclaró que los competentes para adoptar decisiones en el marco de la Ley 975 son, en primera instancia, las salas con funciones de control de garantías y las de conocimiento de Justicia y Paz de los tribunales superiores de distrito judicial; excepcionalmente, las fiscalías de Justicia y Paz; y, en segunda instancia, esta corporación (M.P. Jose Leonidas Bustos Martínez).
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