Corte Suprema precisa los efectos de la muerte de ‘Alfonso Cano’ en el proceso penal seguido por el atentado al Club El Nogal (11:55 a.m.)
19 de Julio de 2012
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Nota:
82093
La Corte Suprema de Justicia se pronunció sobre los efectos de la muerte de Guillermo León Sáenz Vargas, alias ‘Alfonso Cano’, en el caso del atentado al Club El Nogal. Frente a los delitos de homicidio agravado, tentativa de homicidio agravado y terrorismo, en concurso, dispuso la cesación de procedimiento, debido a la muerte del procesado. En este punto, aclaró que la certeza de la muerte proviene de la notoriedad del hecho, por lo que no requería prueba. Sin embargo, frente a los delitos de daño en bien ajeno y rebelión, ordenó la absolución. Aunque se configuraron dos situaciones que harían procedente la cesación del procedimiento, esto es, la prescripción de la acción penal y su muerte comprobada, existió una decisión absolutoria por esas conductas. En ese sentido, recordó que su jurisprudencia prefiere mantener la vigencia de la absolución cuando opera la prescripción y el procesado es absuelto en alguna de las instancias. Por ello, aunque la decisión de segunda instancia suprimió la absolución, le otorgó efectos a la de primera, que lo absolvió (M.P. José Luis Barceló Camacho).
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