Corte Suprema indica cómo se configura el delito de prevaricato por omisión (2:35 p.m.)
14 de Junio de 2012
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Nota:
81654
La Corte Suprema de Justicia indicó que el delito de prevaricato por omisión es una conducta punible de mera actividad y no de resultado. Para su configuración, entonces, basta la exteriorización de la acción omitida y la demostración de la competencia funcional del servidor público, que estando obligado a ejercer no la realiza. La Sala Penal señaló que en el caso fallado no se incurrió en el delito, toda vez que no existió la conducta atribuida. (M.P. Luis Guillermo Salazar Otero).
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