Corte Suprema de Justicia precisa características del secuestro extorsivo (3:48 p.m.)
12 de Noviembre de 2010
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Nota:
69994
La Corte Suprema de Justicia precisó que el secuestro extorsivo es un delito pluriofensivo, pues el legislador quiso proteger no solo el bien jurídico de la libertad individual, sino también el del patrimonio económico. De igual forma, aclaró que la consumación del secuestro extorsivo difiere de su agotamiento. En otras palabras, para que este delito se ejecute no se requiere la obtención por el agente del provecho o de la utilidad exigida a cambio de la libertad de la víctima. Con estos argumentos, la corte descartó que sea necesario seguir dos procesos distintos para proteger los bienes jurídicos protegidos en el delito de secuestro extorsivo y que la falta de materialización de la conducta derive en la no consumación (M.P. Augusto J. Ibáñez Guzmán).
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