Corte Suprema de Justicia precisa algunas características del allanamiento de inmuebles (10:41 a.m.)
26 de Noviembre de 2010
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Nota:
70491
El allanamiento es un medio coercitivo para llevar a cabo el registro de un inmueble, nave o areonave, y, eventualmente, capturar a una persona contra quien obra orden de captura vigente u obtener información traducida en el decomiso de elementos con los que se hubiese cometido la conducta punible o que provengan de su ejecución. En últimas, esta diligencia es la fuente de la prueba. Esta fue la conclusión a la que llegó la Corte Suprema de Justicia al aclarar que esta debe evacuarse dentro de las 12 horas siguientes a la suscripción de la resolución y que cuando no se sabe la hora en que fue suscrita la resolución, se debe computar a partir del minuto siguiente a la media noche del respectivo día. También precisó que la firma de la persona que atendió el allanamiento no es requisito sustancial del registro (M.P. Julio Enrique Socha Salamanca).
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