Control jurisdiccional del acto legislativo que permitió la reelección presidencial inmediata está reservado al conocimiento de la Corte Constitucional (4:24 p.m.)
04 de Enero de 2010
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Nota:
63934
La Corte Suprema de Justicia indicó que el control jurisdiccional del acto legislativo que reformó la Constitución Política y permitió la reelección presidencial inmediata está reservado al conocimiento de la Corte Constitucional, por lo que la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia no puede adentrarse en el conocimiento de ese asunto. Este planteamiento lo hizo al conocer la solicitud de adición a la sentencia condenatoria proferida el 26 de junio del 2008 contra la ex representante a la cámara Yidis Medina, en la que se pedía que se adoptaran las medidas necesarias para que cesaran los efectos de la comisión de la conducta punible y, en consecuencia, se dejara sin efectos la reforma constitucional. Para el alto tribunal, en la sentencia condenatoria se resolvieron todos los aspectos que de conformidad con la ley debían ser objeto de pronunciamiento. Además, pretensiones de este alcance ya han sido aclaradas por la Corte Constitucional.
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