Penal
Reforma al fuero penal militar es inconstitucional
24 de Octubre de 2013
La Corte Constitucional declaró inexequible por vicios de trámite el Acto Legislativo 2 del 2012 que reformaba los artículos 116, 152 y 221 de la Constitución Política, sobre el fuero penal militar.
En lectura de un comunicado de prensa, el presidente de alto tribunal, Jorge Iván Palacio, señaló que esa corporación constató que la Comisión Primera de la Cámara de Representantes sesionó irregularmente durante el quinto debate del proceso de formación de la reforma constitucional, afectando de manera grave principios sustanciales del procedimiento de enmienda constitucional.
La simultaneidad con la que se desarrollaron las sesiones de esa célula legislativa y de la plenaria de la Cámara afectaron las condiciones bajo las cuales se llevó a cabo la deliberación democrática, agregó el magistrado.
Con ello, se desconocieron no solo los artículos 83, 91 y 93 del reglamento del Congreso, sino los principios constitucionales de participación de las minorías, pluralismo y, en general, la calidad del debate parlamentario.
La gravedad de este desconocimiento, anotó Palacio, obedece a que las reformas constitucionales revisten mayor importancia que las que tienen otros trámites que se cumplen ante el legislativo, “por cuanto en esta están de por medio asuntos particularmente sensibles para la vida institucional del país”.
Teniendo en cuenta la calidad de los vicios identificados y el momento en el que se configuraron, la Corte consideró que el proyecto no podía ser devuelto al Congreso para que fuera saneado, y declaró su inexequibilidad, concluyó el presidente del alto tribunal.
Los magistrados Mauricio González, Luis Guillermo Guerrero, Jorge Ignacio Pretelt y Alberto Rojas salvaron voto. Por su parte, María Victoria Calle y Jorge Iván Palacio se reservaron la posibilidad de aclarar su voto.
Reacción
Al conocerse la decisión de la Corte, el ministro de Defensa, Juan Carlos Pinzón, anunció que radicará, con mensaje de urgencia, un proyecto de ley para crear y organizar el fondo de defensa para los miembros de las Fuerzas Armadas involucrados en investigaciones por actos del servicio, así como el sistema de defensa técnica y especializada.
Cabe recordar que el pasado mes de junio fue aprobado el texto conciliado de la Ley Estatutaria 211/13S- 268/1C, que desarrollaba esta reforma, la cual también es objeto de estudio por parte de la Corte Constitucional.
La demanda
Según la demanda presentada el pasado 19 de febrero, el vicio insubsanable que afectó la reforma constitucional al fuero penal militar consistió en la coincidencia entre las sesiones de Comisión y Plenaria de la Cámara de Representantes, realizada el 26 de septiembre del 2012.
La principal razón en la que se sustenta este cargo de inconstitucionalidad es que, al no haberse completado en su integridad el primer debate en segunda vuelta, el acto legislativo carece de los ocho debates constitucionalmente exigidos por el artículo 375 de la Constitución.
Según el reglamento interno del Congreso (Ley 5 del 1992), las sesiones de las comisiones deben realizarse en horas distintas de las plenarias de la respectiva cámara. De hecho, la misma ley prohíbe las sesiones simultáneas de comisiones y plenarias, resaltaron los actores.
(Corte Constitucional, Noticia, Sent. C-740, oct. 23/13, M. P. Nilson Pinlla)
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